POLÍTICA

Denuncia del Gobierno contra el clan Macri y el lawfare de Comodoro Py

"No importa qué miembro de la familia Macri sea, con el Partido Judicial es privilegiado", dijo el ministro de Justicia de la Nación, quien rechazó el fallo del máximo tribunal sobre las impugnaciones a la precandidatura de Jorge Macri en la Ciudad de Buenos Aires. Los cuestionamientos de Vanina Biasi y los argumentos que planteó la Corte.

El ministro de Justicia, Martín Soria, criticó este martes la decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de declararse incompetente para decidir si Jorge Macri puede ser precandidato a jefe de Gobierno en la Ciudad de Buenos Aires, y derivar la resolución de la impugnación a la justicia porteña.

“En mayo la Corte Suprema suspendía elecciones provinciales para evitar el triunfo del peronismo, ahora garantiza que el primo Macri sea candidato en la Capital Federal”, señaló el ministro de Justicia en un mensaje que publicó en la red social Twitter.

Y puntualizó que “no importa qué miembro de la Familia Macri sea, con el Partido Judicial siempre son privilegiados”.
 


El cuestionamiento a la candidatura de Jorge Macri había sido presentado por la precandidata a jefa de Gobierno porteño del Frente de Izquierda y de Trabajadores-Unidad (FIT-U), Vanina Natalia Biasi, en el cual sostuvo que el ex intendente de Vicente López y actual ministro de Gobierno porteño, presuntamente no cumple con los cinco años de residencia en la Ciudad de Buenos Aires.

También hay otra impugnación, por parte del ex senador nacional Eugenio 'Nito' Artaza, con el mismo planteo de incumplimiento del plazo de residencia presentado ante el Tribunal Superior de la Ciudad de Buenos Aires, el cual ahora debe decidir.
 

Un fallo "antojadizo"



Más allá de los cuestionamientos del ministro de Justicia, la precandidata a jefa de gobierno porteño por el Frente de Izquierda Unidad (FIT-U), Vanina Biasi, calificó este martes de “antojadizo” al fallo de la Corte Suprema y aseguró a Télam que “tiene que ver con el perfil político que esta Corte tiene en esta etapa”.

Para Biasi, la decisión del máximo tribunal “tiene una clara relación su actuación cuando se trata de un Macri porque pareciera entender que no tiene que intervenir en cuestiones constitucionales”.

“En este caso resuelve no intervenir, pero sí lo hizo en Santa Cruz con respecto a la ley de lemas o cuando le pidieron intervenir sobre las candidatura de Juan Manzur, en Tucumán, o Sergio Uñac, en San Juan”, evaluó la dirigente del FIT-U.

"El fallo de la Corte salió rápido para pasarle la presión de la respuesta al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad, que aún no opinó y que tiene que resolver la apelación presenté tras el rechazó que hizo el Tribunal Electoral porteño rechazó a las impugnaciones que presenté”, puntualizó Biasi.
 

La resolución de la Corte



En su declaración de incompetencia, la Corte Suprema de Justicia tomó los argumentos del procurador Eduardo Casal, quien había dictaminado que le correspondía a la justicia porteña y no al máximo tribunal decidir sobre el tema.

"El asunto resulta ajeno a la jurisdicción prevista en el artículo 117 de la Constitución Nacional, más aún cuando, de acuerdo con lo consignado en el escrito presentado por la parte actora titulado 'Amplía demanda-Hecho Nuevo', se encuentra en trámite un proceso sustancialmente análogo al presente ante el Tribunal Electoral de la Ciudad de Buenos Aires", zanjó la Corte en una resolución conocida este martes.

En las impugnaciones a la precandidatura de Macri se puso en duda sus condiciones de domicilio y residencia para participar en los comicios, por no cumplir con el requisito de 5 años de residencia en la Ciudad.
 

Macri fue reelecto en 2019 como intendente de Vicente Lpez Foto Prensa

Biasi recordó, como argumento central de su pedido de inhabilitación, que Macri fue reelecto en 2019 como intendente de Vicente López, con lo cual resultaba imposible acreditar los cinco años de permanencia.

Ante el cuestionamiento, el Tribunal Electoral porteño consideró que Macri cumplía con la residencia de 5 años, aunque no de manera continua e inmediata, pero que esa condición no está contenida en los requisitos del artículo 97 de la Constitución porteña.

En desacuerdo con la resolución de la justicia porteña, Biasi recurrió a la Corte, que definió que no era materia de su competencia, con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda.

En la resolución de siete páginas, la Corte refiere los argumentos de Biasi y concluye en dos párrafos que no corresponde que el caso sea tomado por el alto tribunal, cuando ya intervino el tribunal competente.

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