La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó este jueves la Ley de Reiterancia presentada por el oficialismo que incluye varias modificaciones al Código Procesal Penal porteño.
A pesar del fuerte rechazo por parte de la oposición y organismos de derechos humanos, el oficialismo logró sancionar la Ley impulsada por el jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, con 36 votos afirmativos y 21 negativos.
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Los votos positivos fueron del PRO, UCR-Evolución, Confianza Pública y La Libertad Alianza, mientras que los rechazos fueron emitidos por los bloques del Frente de Izquierda (FIT) y de Unión por la Patria (UxP).
La normativa aprobada introduce la figura de la “reiterancia delictiva” como criterio para dictaminar la prisión preventiva a una persona investigada por un delito.
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La “reiterancia” implica que si la persona investigada, anteriormente o en el mismo momento, se encuentra imputada en otra causa penal sin condena firme, ese hecho ya justifica dejarlo detenido preventivamente.
La ley estipula que los jueces puedan dictar la prisión sólo con ponderar que existe un “peligro de reiterancia” y ya no usarlo estrictamente como una medida para resguardar el proceso penal ante una posible fuga o entorpecimiento de la investigación.
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Además, la normativa prevé el “allanamiento en urgencia” dando lugar a que las fuerzas policiales puedan actuar sin orden judicial en situaciones de emergencia.
Otra de las modificaciones al Código Procesal Penal está vinculada a la obligación de los tribunales de comunicar a Migraciones cuando una persona extranjera sea condenada por un delito a fin de acelerar el proceso de deportación.
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Previo a la sesión que inició a las 14, los legisladores del Frente de Izquierda realizaron un acto frente a la Legislatura con el acompañamiento de la legisladora de UxP, Victoria Montenegro, donde se presentó un petitorio por el rechazo al proyecto con la firma de más de 40 organismos, entre ellos, Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), agrupación H.I.J.O.S. Capital y la Correpi.
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En el documento se volvió a advertir -al igual que se hizo en la audiencia pública realizada el pasado lunes en la Legislatura- que la figura de reiterancia delictiva viola el principio de inocencia y el debido proceso dispuestos en el artículo 18 de la Constitución Nacional, en tanto, vulnera el hecho de que “toda persona es inocente hasta que se demuestre lo contrario”.
También reiteraron que la aprobación de la ley “implica un avance injustificado de criterios punitivistas y criminaliza la protesta social”.