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La Justicia rechazó el hábeas corpus contra el protocolo represivo de Bullrich

El juez Gustavo Pierretti rechazó las presentaciones realizadas por Adolfo Pérez Esquivel, el CELS y el Partido Obrero.

La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, obtuvo una victoria este martes, 24 horas antes de la movilización que recordará la pueblada de diciembre de 2001 y a la que el Gobierno intenta amedrentar con amenazas y provocaciones.

A través del juez Gustavo Pierretti, la Justicia rechazó los hábeas corpus presentados por el premio Nobel de la Paz, Adolfo Pérez Esquivel, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y el Partido Obrero (PO), al entender que el protocolo anunciado por Bullrich no incurre en "ninguno de los supuestos contemplados en el artículo 3 inciso 1 de la Ley 23.098", que es el inciso citado por los antes mencionados en su presentación judicial.

Pérez Esquivel y el PO presentaron un habeas corpus preventivo para la marcha del 20

Se trata de la Ley de Habeas Corpus sancionada en octubre de 1984, menos de un año después de que el país hubiera recuperado la democracia.

¿Qué dice la ley 23.098 en su artículo 3?

"Corresponderá el procedimiento de hábeas corpus cuando se denuncie un acto u omisión de autoridad pública que implique (y aquí entra el inciso 1) limitación o amenaza actual de la libertad ambulatoria sin orden escrita de autoridad competente"

En consecuencia, el magistrado interviniente en el caso apeló a otro artículo de la misma ley, el número 10, que señala que "el juez rechazará la denuncia que no se refiera a uno de los casos establecidos en los artículos 3º y 4º de esta ley; si se considerara incompetente así lo declarará".

Por ello, Pierretti elevó "en consulta" el legajo a la Cámara Nacional de Apelaciones del Fuero.

Ergo, la Justicia pateó para adelante una definición y le dice a Bullrich que siga con su protocolo.



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