POLÍTICA | ejército | travesti trans

El Ejército Argentino deberá cumplir con el cupo travesti-trans

A partir del decreto N°721/20 el Ejército deberá incorporar un 1% de personas travestis, transexuales y transgénero.

<p>El <strong><a href=Ejército Argentino deberá incorporar un 1% de personas travesti-trans y transgénero.

">
El Ejército Argentino deberá incorporar un 1% de personas travesti-trans y transgénero.

El Ejército Argentino deberá incorporar un 1% de personas travesti-trans y transgénero y se le pidió a los comandantes, directores generales, directores y jefes de elemento que informen sobre la situación actual con el fin de realizar un diagnóstico.

Esta decisión se produjo a partir del decreto N°721/20, que dispuso que en el Sector Público Nacional, en los términos del artículo 8 de la Ley N°24.156, "los cargos de personal deberán ser ocupados en una proporción no inferior al 1% de la totalidad de los mismos de personas travestis, transexuales y transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad".

Por pedido de la Subsecretaría de Empleo Público y del Ministerio de Defensa, desde el Ejército deberán informar "si cuenta la unidad con personal transexual, transgénero o travesti trabajando actualmente en el marco de todas las modalidades de contratación vigente".

El mensaje recibido agrega que en caso de respuesta afirmativa, indicará el porcentaje de los cargos que se encuentran ocupados por dicho personal. También solicitan el último nivel de formación académica alcanzado, la descripción del tipo de funciones desempeñadas y la antigüedad en la administración pública y en el organismo.

Toda la información deberá ser enviada sin datos filiatorios y deberá ser respondida antes del 30 de noviembre.



Dejá tu comentario