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Condena histórica en La Plata: prisión perpetua por desaparición de conscriptos y crímenes en la dictadura

Un tribunal federal dictó una condena a prisión perpetua y otra de quince años en una causa por desapariciones, torturas y privaciones ilegales de la libertad. El fallo incluyó hechos vinculados a conscriptos, víctimas civiles y un centro clandestino durante el período 1976-1983.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de La Plata condenó a prisión perpetua a José Ignacio Saravia Day, exjefe del Escuadrón Ayacucho del Regimiento de Granaderos a Caballo, y a 15 años de prisión a Pedro Raúl Muñoz, expolicía de la Comisaría 5ª de La Plata.

El fallo fue leído por la presidenta del tribunal, Karina Yabor, junto a los jueces Ricardo Basílico y Andrés Basso, en una audiencia donde se detallaron responsabilidades por delitos cometidos durante la última dictadura militar argentina entre 1976 y 1983.

Responsabilidad de José Ignacio Saravia Day

Saravia Day fue condenado como coautor de privación ilegal de la libertad agravada por violencia y amenazas contra Roberto Campos y Juan Ignacio Araujo.

También fue hallado responsable de la desaparición forzada del conscripto José David Aleksoski, quien realizaba tareas de guardia en el Regimiento de Granaderos a Caballo en la Quinta Presidencial de Olivos.

Según el expediente, Aleksoski fue enviado a una supuesta “comisión de servicios” el 22 de octubre de 1976 y nunca regresó. Además, se le atribuyen tormentos aplicados a las víctimas detenidas.

credito MPF
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Responsabilidad de Pedro Raúl Muñoz

Pedro Raúl Muñoz fue considerado partícipe secundario en los crímenes cometidos en la Comisaría 5ª de La Plata, que funcionó como centro clandestino de detención.

Fue condenado por privaciones ilegales de la libertad en decenas de casos, tormentos a detenidos políticos, abusos sexuales, homicidios agravados, sustracción y ocultación de menores y múltiples desapariciones forzadas.

El tribunal redujo su condena respecto del pedido fiscal, que había solicitado prisión perpetua.

Calificación de lesa humanidad

El tribunal sostuvo que los hechos juzgados constituyen delitos de lesa humanidad cometidos en el marco del genocidio ocurrido en Argentina entre 1976 y 1983.

También señaló que durante los hechos se registraron violencias de género, violencia obstétrica y afectaciones contra niños, niñas y adolescentes, según lo planteado por la fiscalía en el debate oral.

Medidas dispuestas por el tribunal

La sentencia ordenó la colocación de una placa conmemorativa en el Regimiento de Granaderos a Caballo General San Martín en memoria de José David Aleksoski.

También dispuso la comunicación del fallo a autoridades nacionales y provinciales para tramitar la baja administrativa de los condenados y dejó abiertas medidas reparatorias solicitadas por las partes.



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