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Otra empresa inhibida por "uso indebido" de los fondos de la ATP

La AFIP reclamó a Buquebus la devolución de $63 millones que cobró del programa más intereses tras haber comprado dólares en la bolsa en noviembre de 2020, una operación incompatible con la adhesión al plan de apoyo al sector privado. La justicia en un fallo avaló el reclamo fiscal.

La Justicia confirmó la inhibición general de bienes sobre la empresa Buquebus por un monto superior a los $63 millones más intereses, por el uso indebido de fondos provenientes del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP).

El fallo del Juzgado Contencioso Administrativo Federal 9 le dio la razón a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en su intención de recuperar el dinero que el Poder Ejecutivo había girado a la firma Los Cipreses S.A. para hacer frente al pago de salarios en medio de la crisis originada por el coronavirus.

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La medida le impide comprar y vender bienes, pero sí puede comercializar pasajes, por lo que el transporte de pasajeros no se verá afectado.

El 13 de junio de 2022 la empresa fue notificada de la resolución mediante la cual la AFIP determinó que había utilizado los beneficios otorgados a fin de afrontar los efectos económicos de la pandemia para realizar operaciones en el mercado financiero y obtener, de esa manera, una ventaja económica.

En virtud de ello, se procedió a declarar la caducidad de los beneficios otorgados por el Poder Ejecutivo, puntualmente respecto del "Salario Complementario" que percibió durante el período del mes de mayo, del año 2020, a diciembre del mismo año, y se intimó a la devolución de dichas sumas percibidas con más sus intereses.

La AFIP había demandado a la compañía de transporte fluvial por haber incumplido con la norma que instrumentó el ATP. La AFIP reclamó a Buquebus la devolución de $63 millones que cobró del programa más intereses tras haber comprado dólares en la bolsa en noviembre de 2020, una operación incompatible con la adhesión al plan de apoyo al sector privado.

 

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A partir de esa incompatibilidad, la Dirección de los Recursos de la Seguridad Social (DGRSS), solicitó la caducidad de los beneficios.

El año pasado, el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°9 ordenó la ejecución de los montos exigidos. La Justicia ratificó su decisión de inhibir bienes por el monto reclamado.



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