Música y derechos: qué hicieron con Sadaic

27 de febrero de 2025
Redacción Infonews

La noticia invadió las redes: desde Sturzenegger a favor hasta artistas en contra, todo el mundo habla de lo que hicieron con los derechos de propiedad intelectual de la música y en esta nota te explicamos el detalle.

Un golpe después de otro. Primero, el senador oficialista Miguel Ángel Pichetto golpeó al folklore diciendo que la "música del Norte" que utiliza "charanguitos" no nos representa como país. Al día siguiente, el Boletín Oficial anunció algo que ya venían deslizando desde que asumió Javier Milei como presidente: las sociedades de derechos de autor, intérprete y producción de la música no serán eliminadas del todo pero sí desreguladas

La forma de anunciarlo fue bastante particular: el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, presentó la medida como una victoria diciendo que se trataba de una medida impuesta por el dictador Juan Carlos Onganía. Pero la comunidad artística, incluyendo sus asociaciones y agrupaciones, salieron a repudiar la medida porque, lejos de colaborar, esta decisión del gobierno liberal termina tirando al tacho el sistema de derechos que la industria musical internacional supo elogiar a la Argentina. 

¿Qué es lo que pasó? Como no se pueden meter con Sadaic de manera directa, dado que es una sociedad privada y no hay pata del Estado dentro (como sí pasó con el Instituto de la Música -Inamu-) no les quedó otra que actuar desde afuera y hablar, una vez más, de una falsa "libertad" y modificaron el régimen de derechos de autor para que los registros de propiedad (de autor, compositor, intérprete) sean en una sociedad de gestión colectiva o hacerlo por fuera, de manera individual.

Con las firmas del presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete, Guillermo Francos; y el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, los cambios ya se publicaron en el Boletín Oficial. “El objetivo es eliminar monopolios y habilitar acuerdos particulares, estableciendo reglas de transparencia”, arguyó Federico Sturzenegger una vez que todo explotó en redes sociales. El funcionario habló de tiempos de dictadura y que el sistema actual se mantenía desde entonces, planteó que “de ahora en más, quien genere un hecho artístico será el beneficiario directo de esa obra, sin intermediarios”.

Ahora bien, a modo de paréntesis y para entender de qué se está hablando, debemos dejar en claro: Sadaic resguarda los derechos de propiedad de autores (artistas que escriben las letras de canciones) y compositores (quienes inventaron la melodía de la voz, lo musical porque letra sin melodía sería un poema). Por su parte, AADI resguarda derechos de intérpretes de un fonograma (una canción y un fonograma no son sinónimos: la canción es la obra en sí y puede tener diferentes ejecuciones que son grabadas y distribuidas -en Spotify, vinilos, por ejemplo). Y en CAPIF se registran quienes financiaron los discos, lo que se conoce como productor fonográfico. 

¿Qué recauda Sadaic? Cada vez que se pasan las canciones por radio, tevé e incluso son incluidas en publicidades o películas, Sadaic recauda un monto para quienes son autores y compositores. Lo mismo hace con un show en vivo. Y, en este punto, el ministro Sturzenegger planteó como algo ridículo que de la venta de entradas se descuente un porcentaje de Sadaic para que después esa misma sociedad de derechos les "devuelva" la plata. Pero hay un punto acá para comprender: si una banda tributo monta un espectáculo haciendo canciones de otras bandas o solistas, es justo que paguen a quienes corresponde por lucrar con sus obras. Lo mismo si una cantante mainstream hace cover de alguien más en un show que recaudó millones. No siempre lo que se recauda es del autor para el autor. 

Lo que recauda AADI es un dinero vinculado a las reproducciones de un fonograma en programas de radio y televisión. Y se aclara "fonograma" porque es eso: la versión "física" de la canción, un mp3 que forma parte de un disco o single y que fue tiene a determinados intérpretes. Si pasan otra versión del mismo tema pero, por ejemplo, con invitados especiales ahí se pagará de manera diferente. Con CAPIF pasa algo similar: es por venta/ejecución del fonograma. 

¿Cuál es el antecedente de toda esta movida? El año pasado le dijeron a hoteles que no hacía falta que les paguen a las sociedades de derechos, como lo venían haciendo. Aunque, sin dudas, la música en sus espacios forma parte de la experiencia que venden.

Volviendo a esta medida confirmada hoy, lo que sucede es que a partir de ahora, “la representación de un determinado derecho de autor o conexo puede ser llevada adelante en forma simultánea por más de UNA (1) sociedad de gestión colectiva”, indicaron en el artículo 1° del escrito, a la vez que sentenciaron que “en ningún caso se podrá limitar la facultad de los titulares de derechos de administrar sus obras de forma individual”. Como todo en esta gestión, se apunta contra cualquier cosa "colectiva"

“Los representados podrán hacer acuerdos particulares, debiendo comunicar dicha circunstancia en forma fehaciente a la sociedad de gestión colectiva a la que hayan otorgado consentimiento para que gestione sus derechos, sin que esta última pueda oponerse a dichos acuerdos”, aclara el artículo 4 del decreto.

En cuanto a la distribución de los ingresos, se estableció que el porcentaje destinado a gastos de administración no podrá superar el 30 % de lo recaudado. Los aranceles deben pactarse considerando "criterios de reparto equitativo y en proporción al uso real de las obras" y, además, dicho pago debe ingresar dentro de los dos meses.

El Ministerio de Justicia podrá intervenir en conflictos sobre aranceles y establecer topes máximos para evitar distorsiones. Si una sociedad incumple con sus obligaciones, podrá ser intimada a corregirlas en 90 días, bajo pena de suspensión o revocación de su autorización.

El próximo paso de las sociedades es poner bajo lupa el texto del BO y chequear los requisitos de "adecuación" que se les solicita. Los posicionamientos no tardaron en llegar y tanto artistas como propio Sadaic repudiaron la medida. "La música tiene valor y quieren regalar nuestro trabajo. La canción es una propiedad privada y el autor tiene derecho constitucional de recibir una compensación económica cuando su obra es utilizada especialmente para el beneficio económico de terceros", posteó la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música.