La Justicia volvió a intimar al Gobierno por el financiamiento universitario: tiene 5 días
El juez Martín Cormick ratificó una medida cautelar que ordena actualizar haberes de docentes y no docentes y recomponer becas. El Estado deberá acatarla dentro del plazo fijado, bajo advertencia de multas.
El juez federal Martín Cormick volvió a intimar este miércoles al Gobierno de Javier Milei para que cumpla con la medida cautelar que ordena aplicar distintos puntos de la Ley de Financiamiento Universitario. El Estado Nacional tendrá cinco días para acatar la resolución, bajo apercibimiento de aplicar astreintes, también conocidas como sanciones pecuniarias compulsivas.
Las astreintes son multas diarias o periódicas que impone un juez para presionar a una persona o institución a cumplir con una orden judicial.
Según una publicación de M1, la nueva resolución fue dictada después de que el Gobierno presentara un pedido de revocatoria contra la intimación anterior. El magistrado amplió los fundamentos de su decisión y ratificó que la medida cautelar se encuentra firme.
La cautelar ordena actualizar salarios y recomponer becas
La medida judicial alcanza dos aspectos centrales de la Ley 27.795: la actualización de los salarios de docentes y no docentes de las universidades públicas y la recomposición de los programas de becas estudiantiles.
Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal 11, consideró que la información presentada por el Estado no permite acreditar el cumplimiento integral de la orden.
Respecto de los salarios, el juez reconoció que el Gobierno documentó algunos avances, entre ellos convocatorias a la negociación paritaria y la efectivización de órdenes de pago.
Sin embargo, sostuvo que no quedó acreditado que el cálculo de los aumentos y las actualizaciones salariales haya sido realizado de acuerdo con las variables establecidas por la norma.
La Justicia tomó como referencia una inflación acumulada del 312,19%
Uno de los puntos centrales de la resolución es el cálculo de la inflación acumulada utilizado para analizar el cumplimiento de la cautelar.
Según el juez, con base en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC, la inflación acumulada entre el 1° de diciembre de 2023 y junio de 2026 fue del 312,19%.
A partir de esa referencia, Cormick sostuvo que de las respuestas presentadas por el Estado “no se advierte que se haya alcanzado dicho incremento”.
El magistrado también rechazó el argumento oficial de que la medida cautelar ya habría sido cumplida. Recordó que el planteo había sido analizado anteriormente y que el pedido para levantar la cautelar había sido rechazado el 1° de septiembre, decisión que quedó firme.
Por ese motivo, afirmó que “no se ha agotado el alcance de la cautelar”.
El Gobierno sostuvo que solo corresponde actualizar una beca
La resolución también analiza el cumplimiento del artículo 6° de la Ley 27.795, referido a los programas de becas.
La normativa establece la recomposición de las becas de acuerdo con la variación acumulada del IPC e incluye los programas Progresar, Manuel Belgrano, Enfermería y otras becas.
En su presentación judicial, el Estado sostuvo que “la única beca que encuadra en los postulados de la Ley N° 27.795 es la denominada Beca Manuel Belgrano”.
El Gobierno agregó que las becas Progresar, las destinadas a enfermería y las denominadas “otras” no corresponderían al programa contemplado por la norma.
Cormick consideró que esa explicación tampoco acredita el cumplimiento de la cautelar. En su resolución señaló que el Estado “admite haber dado tratamiento en lo atinente a las becas únicamente en relación a una de ellas”.
Por eso, concluyó que la información aportada “tampoco alcanza a cubrir lo decidido cautelarmente” respecto de las becas.
El juez aclaró que este análisis corresponde al plano cautelar y no implica anticipar una decisión sobre el fondo de la cuestión.
El Gobierno tendrá cinco días bajo apercibimiento de multas
Luego de analizar los argumentos presentados por el Estado, Cormick mantuvo el criterio establecido en su resolución del 22 de septiembre y rechazó conceder el recurso de apelación presentado en subsidio.
Finalmente, ordenó una nueva intimación al Estado Nacional para que cumpla con la medida cautelar dentro de cinco días.
La resolución establece el plazo “bajo apercibimiento de astreintes”, por lo que el incumplimiento de la orden puede derivar en sanciones económicas compulsivas.
La cautelar quedó firme tras la intervención de la Corte Suprema
La causa fue iniciada por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y la Universidad de Buenos Aires (UBA). La medida cautelar que ordena cumplir con los aspectos de la Ley de Financiamiento Universitario se encuentra firme.
Según la resolución, la Corte Suprema avaló la decisión judicial mediante un fallo dictado en junio pasado.
La nueva intimación se produce mientras continúa el conflicto entre el Gobierno nacional y las organizaciones universitarias por la actualización de salarios, las becas y la aplicación de la Ley 27.795.